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Asesor/a jurídico del Sindicato del Personal de la OIT - P4


Número de la vacante: CALL/P/2015/SUC

Título: Asesor/a jurídico del Sindicato del Personal de la OIT - P4

Grado: P.4

Tipo de contrato: Contrato de duración determinada

Duración del contrato:  Duración determinada, un año con posibilidad de renovación  
Fecha: 29 septiembre 2015

Fecha de cierre (medianoche hora de Ginebra) 30 noviembre 2015
(12 días restantes hasta la fecha límite para la presentación de candidaturas)
Se aceptan candidaturas
 
Unidad/Departamento:   SYNDICAT

Lugar de destino:  Ginebra, Suiza
 
El candidato debe tener en cuenta que este puesto es parte integrante de la Secretaría del Sindicato del Personal de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT). El nombramiento de este puesto está limitado al servicio de la Secretaría mencionada y no confiere expectativas de carrera en la OIT. El/la titular del puesto está bajo las órdenes del Comité del Sindicato del Personal de la OIT. Por lo tanto, la administración del proceso de contratación y selección, así como la gestión del día a día del/de la titular del cargo estarán bajo la responsabilidad exclusiva del Sindicato del Personal y no están sujetos a las normas y procedimientos definidos en el Anexo I del Estatuto de la OIT. El Anexo I del presente documento contiene un resumen del salario, las asignaciones y las prestaciones propuestos.
Pueden participar:


- Los candidatos internos de la OIT, con arreglo a lo dispuesto en los párrafos 31 y 32 del anexo I del Estatuto del personal;

- Los candidatos externos.

La OIT, al igual que su sindicato, concede gran importancia a la diversidad de su personal. Se alienta la presentación de candidaturas de mujeres y hombres cualificados, con independencia de que estén o no discapacitadas.
INTRODUCCION
El puesto está enmarcado dentro de la Secretaría del Comité del Sindicato del Personal de la OIT.

El Sindicato del Personal, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 3 de sus estatutos, tiene por objeto:

«Defender y promover los intereses profesionales, económicos y sociales de todas las personas empleadas por la Organización Internacional del Trabajo (en adelante denominada "OIT"), velando en especial por la adecuada reglamentación y mejora de las condiciones de empleo, de trabajo y de bienestar en su más amplia acepción; defender los intereses de las personas anteriormente empleadas por la OIT; cooperar con el Director General en los esfuerzos por alcanzar los objetivos de la Organización y asegurar el buen funcionamiento de la Organización; y salvaguardar el Estatuto, la independencia y la seguridad del personal de la OIT, cualquiera sea la categoría en que esté empleado. Además, el Sindicato participa en la defensa de los derechos de la función pública internacional, en especial en la defensa de su independencia, de las condiciones de empleo y de la seguridad de los funcionarios internacionales.Con el fin de promover los derechos sindicales fundamentales y de mejorar las condiciones de empleo de los funcionarios internacionales, el Sindicato colabora con el personal de otras organizaciones internacionales y sus asociaciones o sindicatos, así como con toda otra estructura similar».

El/la titular del puesto presta asesoramiento jurídico al Comité del Sindicato del Personal y a sus miembros tanto en la sede como en las oficinas exteriores, sobre la aplicación y la interpretación del Estatuto del personal, los convenios colectivos, las normas y los procedimientos en vigor. El/la titular rendirá cuentas ante el Presidente del Comité del Sindicato, además de colaborar con el Coordinador de la Unidad de Asesoramiento Jurídico del Comité del Sindicato.
Descripción de las tareas
Funciones específicas

1. Prestar asesoramiento jurídico al Comité, a la Oficina o a los representantes del Sindicato en el marco de la Comisión Paritaria de Negociación (CPN) sobre todas las propuestas presentadas por la Administración con respecto a las condiciones de empleo del personal o en materia de derecho, a las condiciones de contratación del personal en la sede y en el terreno y a las decisiones relativas al sistema común de las Naciones Unidas, en especial, las que hayan sido adoptadas por la Asamblea General (Quinta Comisión) o por a la Comisión de Administración Pública Internacional.

2. Formular propuestas al Comité del Sindicato periódicamente sobre la estrategia jurídica que deberá establecerse en un período determinado.

3. Redactar o participar conjuntamente en la redacción de proyectos de convenio colectivo o de otras disposiciones negociadas con la Administración de la OIT.

4. Proporcionar a cualquier miembro del sindicato que lo solicite apoyo jurídico en la redacción de apelaciones (antecedentes, hechos, alegaciones y conclusiones) que se presentan al Departamento de Desarrollo de los Recursos Humanos (HRD), a la Junta Consultiva Mixta de Apelaciones y, en última instancia, al tribunal Administrativo de la OIT.

5. Realizar investigaciones sobre la jurisprudencia del Tribunal
Administrativo de la OIT y de otras jurisdicciones internacionales. Preparar notas sobre la jurisprudencia que se publican periódicamente en los medios de comunicación del Sindicato o que se comparten con el Comité del Sindicato del Personal.

6. Analizar e interpretar la legislación aplicable y los convenios internacionales (acuerdos de Sede) que puedan repercutir en las condiciones de empleo de los empleados de la OIT.

7. Asesorar a título individual o colectivo a los miembros del Sindicato del Personal de la OIT sobre las cuestiones relativas a sus condiciones. Formular propuestas sobre las estrategias jurídicas individuales o colectivas que han de establecerse ante determinadas situaciones.

8. En las reuniones organizadas por el Sindicato, brindar apoyo y organizar cursos de formación sobre las cuestiones jurídicas y la legislación aplicable al personal de la OIT, y asesorar a los comités locales.

9. Diseñar, planificar y ejecutar actividades de asesoramiento técnico y de promoción, incluidos seminarios, talleres, conferencias y grupos de debate con los representantes de las Regiones y de otras organizaciones internacionales. Representar al Sindicato con motivo de las misiones que puedan resultar delicadas o controvertidas (la CAPI, Reunión Regional, crisis que impliquen la intervención del Sindicato o de la Federación CCISUA), así como ante los órganos jurisdiccionales (la Junta Consultiva Mixta de Apelaciones o el Tribunal Administrativo de la OIT). Representar al Sindicato ante los comités internos o en las reuniones interinstitucionales.


Estas funciones específicas se ajustan a la descripción genérica del puesto correspondiente de la OIT, que comprende las
funciones genéricas siguientes:

Funciones genéricas

1. Redactar o supervisar la redacción del resumen de los hechos o de alegaciones para incorporarlos en sentencias o autos.

2. Realizar investigaciones y preparar notas sobre la jurisprudencia y las interpretaciones. Redactar breves resúmenes de los casos pendientes.

3. Formular propuestas sobre las disposiciones de trabajo de cada sesión.

4. Verificar la coherencia de las versiones bilingües de las sentencias o autos.

5. Preparar análisis de sentencias o autos para incluirlos a las bases de datos adecuadas.
Calificaciones requeridas
Educación
Título universitario superior en el ámbito de la legislación administrativa internacional o título universitario de primer ciclo en dicho ámbito combinado con dos años de práctica (además de la experiencia indicada a continuación).
Experiencia
Un mínimo de ocho años de experiencia práctica a nivel nacional o, al menos, seis años a nivel internacional en el ámbito del derecho administrativo internacional. Además, se considerará una ventaja toda experiencia en materias relacionadas con el movimiento sindical.
Idiomas
Excelente dominio de dos de los idiomas de trabajo de la Organización (preferentemente del inglés y del francés). El conocimiento profesional de la tercera lengua de trabajo se considerará una ventaja.
Competencias 
Además de las competencias fundamentales exigidas para trabajar en la OIT (integridad y transparencia, sensibilidad a la diversidad, orientación al aprendizaje y al intercambio de conocimientos, orientación al cliente, dotes de comunicación, orientación al cambio, responsabilidad de gestión, orientación a la calidad y colaboración) este puesto requiere las siguientes aptitudes:

Competencias Técnicas:

La capacidad para:aplicar los principios de la ley al análisis de una variedad de asuntos que requieren establecer relaciones entre el asunto que se examina y las normas y prácticas en vigor;

- Elaborar respuestas a las preguntas y quejas formuladas, de un modo claro y conciso;

- Escuchar y comunicar con eficacia, tanto por vía oral como por escrito;

- Resolver diversas cuestiones legales y aconsejar al personal sobre el procedimiento correcto para solucionarlas;

- El conocimiento profundo de las normas, políticas y prácticas de la OIT, tanto en las oficinas exteriores como en la sede constituirán una ventaja; conocimientos y práctica sobre las organizaciones internacionales de la familia de las Naciones Unidas, según proceda.

Competencias comportamentales:

- Tacto y discreción, especialmente al tratar asuntos de carácter confidencial;

- Capacidad para trabajar en equipo (en particular, con el Comité del Sindicato y la Unidad de Asesoramiento Jurídico del Comité);

- Sensibilidad ante cuestiones personales y sociales;

- Integridad personal;

- Compromiso con los valores por los que aboga la Administración Internacional y la OIT;

- Compromiso con los valores del movimiento sindical.
Información adicional:
ANEXO I CONDICIONES DE EMPLEO

La escala de sueldos de este grado es el siguiente: con dependientes: 73338 dólares (mínimo) a 93868 dólares estadounidenses (máximo), incluyendo el ajuste por $ 66,737 (mínimo) a 85419 dólares estadounidenses (como máximo); sin cargas familiares: 68294 dólares (mínimo) a 91301 dólares estadounidenses (máximo), incluyendo el ajuste por $ 62.147 (mínimo) a 83083 dólares estadounidenses (como máximo);

Los demás subsidios y prestaciones quedan sujetos a las condiciones especificadas en el contrato:

- Asignación por hijos a cargo (excepto por el primer hijo cuando se aplica la tasa salarial para funcionarios con familiares a cargo con respecto a ese hijo);
- Subsidio de educación por hijos a cargo (por hijo y año);
- Pensión y Seguro de Salud;
- Vacaciones anuales de treinta días hábiles;
- Primas previstas en determinados lugares de destino;
- Derecho al pago de los gastos de transporte de efectos personales;
- Subsidio de repatriación;
- Gastos de viaje por vacaciones en el hogar nacional con familiares a cargo reconocidos como tales, cada dos años;
- Subsidio de vivienda (si es aplicable).

Favor tenga en cuenta que los niveles salariales anteriores son determinados de acuerdo a los criterios establecidos por la Comisión de Administración Pública Internacional. La OIT es un empleador internacional del sector público y el salario y otras condiciones de empleo no son negociables.

Las autoridades suizas exoneran a los funcionarios de la Organización de abonar impuestos sobre los sueldos y prestaciones percibidos y, en virtud de los convenios internacionales y la legislación nacional sobre estancia o residencia en el extranjero, también otros gobiernos suelen aplicar esta exoneración tributaria. De no caber esta exención, los funcionarios podrán solicitar el reembolso de los impuestos que hayan abonado. Esta devolución se tramitará mediante un documento de la OIT que habrán de solicitar.

LOS CANDIDATOS SERÁN AVISADOS DIRECTAMENTE SI HAN SIDO SELECCIONADOS PARA EL EXAMEN ESCRITO.
SE CONTACTARÁ DIRECTAMENTE A LOS CANDIDATOS QUE HAYAN SIDO SELECCIONADOS PARA UNA ENTREVISTA.

Sírvase tomar nota de que los candidatos deben rellenar un formulario en línea.
Para presentar su candidatura, visite el sitio de contratación electrónica de la OIT: erecruit.ilo.org. El sistema le indicará los pasos que deberá seguir para presentar su candidatura en línea.
La OIT no cobra gastos en ninguna de las etapas del proceso de selección: presentación de la candidatura, entrevista, tramitación o formación. No deberían tomarse en consideración los mensajes que no procedan de direcciones de correo electrónico de la OIT- ilo@org. Además, la OIT no exige ni precisa datos bancarios de los candidatos.

Dependiendo de la ubicación y disponibilidad de los candidatos, asesores y miembros del jurado en las entrevistas, la OIT se reserva el derecho a utilizar tecnologías de comunicación como Skype, videoconferencia, e-mail, etc para llevar a cabo la evaluación de los candidatos en las distintas etapas del proceso de contratación, incluyendo el centro de evaluación, las pruebas técnicas y las entrevistas.